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Situaciones comunes resueltas por administradores

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Como cada mes, recogemos las dudas más frecuentes que se plantean los propietarios en su comunidad de vecinos para darles respuesta. En esta ocasión, los inquilinos suelen preguntar a los administradores acerca de dos situaciones, que seguramente os resulten afines o hayáis vivido en algún momento.

Manolo tiene un cachorro de 3 meses que ladra sin cesar y molesta continuamente  sus vecinos. En varias ocasiones, le han pedido amablemente que tome medidas con su perro pero él se niega o dice que no puede hacer nada. El mal cuidado de su perro ha dejado un olor desagradable en las zonas comunes y sus fuertes ladridos no dejan dormir a los cohabitantes de la finca. Es entonces cuando le toca el turno al administrador de fincas, empujado por las quejas que ha recibido de los propietarios. Lo primero que hace es dirigirse al dueño del animal, para intentar que comprenda que está causando molestias en la comunidad.

En caso de que no haga caso de esa advertencia, según explican los administradores, habría que mandarle en nombre del presidente de la comunidad un buro fax, alertándole de que debe cesar de causar dichas molestias. Si no atiende a razones o hace caso omiso, llevarlo a la junta general de propietarios para tramitar la cesión de actividades.

Para acabar con los ladridos, los malos olores o las molestias que esté originando el propietario del canes, hay que recabar documentos para probar lo que está ocurriendo frente a la policía y acudir a la ayuda judicial. Según los administradores, esta situación se vive mucho en las comunidades pero suele cesar cuando se le comunica la primera vez, por lo que recurrir a los juzgados no es lo normal.

Otra circunstancia por la que más se han cuestionado los propietarios, según lo que hemos podido rescatar de conversaciones en Foros Comunidad Horizontal, es si se puede prohibir el uso de las instalaciones comunes a los vecinos que no están al corriente de los pagos y adeudan muchos recibos pendientes, ya que no ven justo que disfrute de las instalaciones que ellos están pagando. La respuesta es que no, porque la propia ley ya establece su sanción y es denegarle el voto en las reuniones al vecino moroso. De modo, que para resolver la situación hay que actuar del siguiente modo, reclamar el importe que debe a la comunidad y dejarlo en manos de la justicia.

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