¿Se puede fumar en las inmediaciones de la piscina comunitaria o los espacios verdes de la comunidad de propietarios? ¿Está permitido hacerlo en un espacio común? Seguramente te has formulado estas preguntas en alguna ocasión y no conoces con exactitud la respuesta. Por eso, desde el portal, queremos contarte qué es lo que dice el Ministerio de Sanidad al respecto.

En la normativa del ministerio figura un apartado que trata el tema que nso ocupa, porque hace alusión a la prohibición de fumar en las comunidades de vecinos. Según este documento, se prohibe taxativamente fumar en todos los espacios cerrados de uso colectivo, como los pasillos, las escaleras, lso portales, los salones sociales, etc.

Sin embargo, tal y como figura, sí está permidio fumar en las zonas comunes que están al aire libre como los espacios de juegosm áreas de las piscinas, zonas de descanso y similares. Por lo que si aún te preguntas si puedes fumar en las inmediaciones de la piscina, la respuesta es que sí, siempre y cuando está permanezca al aire libre y este espacio no esté acotado como zona infantil.

¿Hay posibilidad de prohibirlo?

En el caso de que quieras poner una normativa que prohiba fumar también en las zonas comunes que estén al aire libre, tienes que proponrle la presidente de la comunidad que incluya un punto en el orden del día de la próxima junta para tratar este asunto. Un ejemplo podría ser el siguiente: “Aprobación delimitación espacio acotado como zona infantil en el área de la piscina”.

En caso de que durante la junta se acuerde por mayoría aprobar dicha norma, a partir de ese momento ya no se podría fumar en ese espacio porque quedará acotado como zona infantil. Para asegurarte de que así se cumple, es importante recordarlo con el correspondiente letrero y, por supuesto, que en el acta quede muy bien reflejada la zona acotada para evitar problemas en el futuro.